Ahorros de inversión para el inicial de la vivienda

El socio deberá tener un ahorro mínimo de inversión equivalente al 10% de valor correspondiente a la inicial de la vivienda, en un plazo máximo de un año. 

Se podrá hacer depósitos extraordinarios para cumplir con el monto establecido anteriormente.

Este ahorro generará un interés de un 4% anual.