Préstamo de calamidad

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Préstamo de calamidad

El Consejo de Administración de la Cooperativa de Empleados del Infotep (Coopeinfo) crea el servicio de préstamos de calamidad con el objetivo de satisfacer aquella necesidad originada por situaciones tales como: Situación económica difícil, por enfermedades crónicas, ya sea del socio o de un familiar ascendente o descendente directo (Padre, madre, cónyuges e hijos) y por catástrofe natural.

El socio debe incluir la documentación completa que justifique su solicitud, según corresponda. En el caso de salud, copia de expediente médico. 

El monto máximo establecido para este tipo de préstamo será hasta RD$ 2,000,000.00 y estará sujeto a disponibilidad financiera de la Cooperativa.

Cuando al socio sólo se le pueda prestar un porcentaje de la cantidad solicitada, debido a que su capacidad de pago haya sido afectada, fruto de otros compromisos con entidades financieras del sector formal e informal, y el mismo tenga que responder esos compromisos, con el objetivo de proteger la familia, le será prestado un monto menor al solicitado.  

Una vez sea dado el préstamo quedarán todos los servicios afectados, es decir, se le suspenderá todo tipo de servicios hasta tanto el socio tenga capacidad de pago.

La tasa de interés será de un 10% anual.

Para el pago de las cuotas mensuales, según tabla anexa, el periodo máximo es de 10 años.

Desde Hasta Plazo
0
50,000.00
18 meses (1.5 Años)
50,001.00
150,000.00
24 meses (2 Años)
150,001.00
250,000.00
36 meses (3 Años)
250,001.00
400,000.00
48 meses (4 Años)
400,001.00
600,000.00
60 meses (5 Años)
600,001.00
1,000,000.00
72 meses (6 Años)
1,000,001.00
1,500,000.00
84 meses (7 Años)
1,500,001.00
2,000,000.00
96 meses (8 Años)
2,000,001.00
2,500,000.00
120 meses (10 años)

Para solicitar el préstamo el socio debe llenar la solicitud y una comunicación al Comité de Crédito, exponiendo su situación, vía la gerencia de la Cooperativa, con las evidencias que confirmen su situación.

Las evidencias serán revisadas y validadas por el Consejo de Administración y luego serán remitidas al Comité de Crédito con las recomendaciones pertinentes, para fines de revisión y aprobación.

Al momento de firmar el pagaré, el socio(a) deberá hacerse acompañar de su conyugue. Si no está casado deberá acompañarse de un familiar, que será su codeudor solidario.

El préstamo será desembolsado según disponibilidad financiera de la Cooperativa, luego que el socio haya firmado y entregado la documentación requerida.